El pasado día 10 de marzo el Tribunal Constitucional declaró inconstitucionales algunos artículos de la ley catalana 11/2020, de 18 de septiembre, de medidas urgentes en materia de contención de rentas en los contratos de arrendamiento de viviendas. La conocida popularmente ley del alquiler tuvo como fin principal la limitación de las rentas en determinadas áreas de Catalunya –conocidas como zonas de mercado tenso de vivienda–. Con su aplicación se pretendía poder contener la burbuja generada en el precio del alquiler.
Entre estas zonas de mercado tenso se encontraban más de sesenta ciudades catalanas, entre las cuales también Lleida. Con la resolución el Constitucional ha anulado fundamentalmente la regulación que suponía un tope para las rentas de alquiler, así como las que establecían un régimen sancionador por sobrepasar dichos límites y, también, la posibilidad del arrendatario de reclamar el exceso abonado al arrendador, entre otros. No obstante, y con base en el principio de seguridad jurídica, los contratos que se hayan firmado bajo el auspicio de dicha ley del alquiler seguirán en vigor, con las restricciones en las rentas acordadas en su día.
Interpreta que los preceptos anulados suponían una invasión de competencias estatales. Así, el art. 149.1.8 de la Constitución establece una reserva a favor del estado para la regulación de las bases contractuales civiles.
El Tribunal justifica la nulidad por la necesidad “garantizar un común denominador en los principios que tienen que regir las obligaciones contractuales”.Frente a ello, diversos movimientos sociales y políticos que apoyaron la novedosa Ley de Alquiler ya han anunciado su intención de volver a legislar en el mismo sentido. El Sindicat de Llogaters se posiciona en contra de la resolución, por considerar que la ley ha hecho que efectivamente bajasen las rentas de alquiler, puesto que los precios se han visto disminuidos en una media del 5% en las ciudades consideradas mercado tenso, que es donde vive el 70% de la ciudadanía catalana.Por otro lado, para algunos portales inmobiliarios el efecto de la limitación de rentas supuso una contracción en la oferta de vivienda en alquiler (se habla de un 20% menos en Barcelona) dado que al propietario no le compensaba alquilar por “debajo del precio de mercado”. Paralelamente el estado central está tramitando la ley de vivienda estatal que también intenta regular dicho mercado, dibujando, también, zonas tensionadas del mercado de alquiler. En este caso se orienta a impedir que los grandes tenedores (titulares de más de 10 viviendas) incrementen las rentas, pudiendo hacerlo el resto sin superar el 10% de la renta del contrato anterior.
Habremos de esperar para ver el camino que toma definitivamente la ley cuando sea aprobada definitivamente.
Visto el panorama actual, y en el caso de que usted se vea afectado por una situación similar, le aconsejamos que contrate los servicios de un abogado que pueda asesorarle y defender sus derechos adecuadamente.
Artículo publicado por Ana Huguet en El Segre. Pulse aquí para acceder.