La sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) emitida el 13 de julio de 2023 ha generado un gran revuelo en el sector hipotecario y ha planteado importantes cuestionamientos sobre la validez y transparencia de las cláusulas referentes al índice de referencia de préstamos hipotecarios (IRPH). La resolución ha sido vista como un paso adelante en la lucha contra lo que algunos consideran cláusulas abusivas y poco claras en los contratos hipotecarios. El IRPH es un índice utilizado por algunas entidades financieras como referencia para calcular los intereses de las hipotecas.
Desde hace tiempo, ha sido objeto de controversia debido a su comportamiento en comparación con otros índices, como el euríbor, que ha tendido a ser más favorable para los prestatarios. Muchos consumidores han expresado su preocupación por la posible falta de transparencia y equidad en el uso del IRPH en los contratos hipotecarios.El TJUE, en su sentencia, no declara que el IRPH en sí mismo sea abusivo, pero destaca la importancia de la transparencia y la información proporcionada a los consumidores sobre el funcionamiento de este índice. Se establece que los tribunales nacionales deben analizar si los contratos hipotecarios que incluyen el IRPH proporcionaron a los consumidores información clara y comprensible sobre su alcance y funcionamiento. La sentencia del TJUE ofrece una oportunidad para los consumidores que tengan hipotecas referenciadas al IRPH y que consideren que no se les proporcionó información adecuada y transparente.
Aquellos que se sientan afectados por la posible falta de claridad en sus contratos podrán plantear reclamaciones y buscar asesoramiento legal para evaluar sus opciones.
Las asociaciones de consumidores han acogido la sentencia con satisfacción, considerándola como una victoria para los derechos de los consumidores. Han instado a los afectados a no quedarse de brazos cruzados y a explorar la posibilidad de presentar reclamaciones y exigir compensación si consideran que han sido perjudicados por las cláusulas referentes al IRPH. Por otro lado, las entidades financieras se enfrentan ahora a una mayor presión y escrutinio en relación con sus contratos hipotecarios que contienen el IRPH. Cabe la posibilidad de que deban revisar su posición y ofrecer soluciones a los clientes afectados, así como ajustar sus políticas en torno a la transparencia y la información proporcionada en futuras hipotecas.Si bien es cierto que la sentencia del TJUE ha abierto un nuevo capítulo en la controversia sobre este índice hipotecario, las interpretaciones que hasta ahora hemos obtenido del Tribunal Supremo nos instan a ser prudentes y mantener la cautela antes de esperar un cambio de doctrina por parte de dicho órgano.
Por ende, sería aconsejable aguardar y evaluar cómo las audiencias provinciales acogen la sentencia europea antes de alentar a los consumidores a emprender acciones legales.
Visto el panorama actual, y en el supuesto de que se halle en una situación similar, le aconsejamos que contrate los servicios de un abogado que pueda asesorarle y defender sus derechos adecuadamente. Les recordamos que en Huguet Ostáriz Abogados contamos con una larga experiencia en defender los derechos de nuestros clientes, avalándonos nuestros casos de éxito.
Artículo publicado por Ana Huguet en el Diario El Segre, pulse aquí para acceder.