La Audiencia Provincial de Toledo dicta una sentencia que supone una importante novedad en la jurisprudencia sobre el IRPH. El fallo resulta totalmente favorable al consumidor, dado que, además de suponer la declaración de nulidad del IRPH, por abusivo, acaba dejando sin ninguna remuneración el préstamo concedido. Es decir, se reconoce que un préstamo de este tipo puede perdurar sin ningún tipo de interés. Se trataría, por tanto, de un préstamo que como consecuencia de la sentencia deviene gratuito.
La resolución ha sido dictada después del fallo del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) que vino a delegar a los jueces nacionales la determinación en cada caso concreto de la nulidad de la cláusula del IRPH contenidas en los contratos de préstamo, por abusivo.
A partir de la sentencia dictada por el TJUE se han dictado sentencias de contenido diverso tanto en los juzgados de primera instancia como en las Audiencias Provinciales. En ellas se recogen tendencias que van desde las que dan la razón al consumidor procediendo a anular, por abusivo, el IRPH que viene a ser sustituido por el Euríbor, hasta los que sustituyen el IRPH cajas por el IRPH entidades. Dentro de la primera línea se halla el Juzgado de Primera Instancia nº 6 de Lleida. La diferencia entre unos casos y otros es sustancial, dado que en el caso de que se sustituya por el Euríbor la suma a devolver al consumidor es más elevada que si se sustituye por el IRPH entidades. No obstante, la resolución que resulta más beneficiosa para el consumidor de las que se han dictado hasta ahora es la de la Audiencia Provincial de Toledo, puesto que la consecuencia de la declaración de nulidad, por abusivo, de la cláusula del IRPH es que queda anulada toda previsión de remuneratoria del préstamo, que deviene gratuito. Por tanto, en este último caso, la Audiencia Provincial de Toledo no sustituye el índice IRPH anulado por ningún otro.
La presidenta de la Asociación de Usuarios Financieros (ASUFIN), Patricia Suarez, considera justo que los procedimientos de IRPH “se zanjen con préstamos sin remunerar, de lo contrario, no hay efecto disuasorio para la entidad, tal y como establece la Directiva Europea sobre cláusulas abusivas en los contratos con los consumidores”
Con esta nueva resolución judicial se acumulan un total de 41 sentencias que se han pronunciado sobre el IRPH desde que fue dictada la sentencia del TJUE, resultando de entre ellas 27 favorables al consumidor.
Visto el panorama actual, y en el caso de que usted se halle en una situación similar, le aconsejamos que contrate los servicios de un abogado especialista que pueda asesorarle y defender sus derechos adecuadamente.